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Guía completa: cómo emitir FEL en Guatemala (2026)

Publicado el 25 de abril de 2026 · 10 min de lectura

En Guatemala se factura en línea. El Régimen de Factura Electrónica en Línea —FEL— nació con el Acuerdo de Directorio 13-2018 de la SAT y hoy es el camino normal para emitir una factura. Esta guía te lleva desde cero: qué es un DTE, qué pide la SAT para habilitarte, con qué vas a emitir, cuánto cuesta de verdad y cómo sacar tu primera factura sin sustos. Todo lo que afirmamos aquí sale de la documentación de la SAT; donde no hay fuente, lo decimos y no inventamos el dato.

Qué es FEL exactamente

FEL es el régimen con el que la SAT administra la facturación electrónica. Cada documento que emites es un DTE (Documento Tributario Electrónico): un archivo XML firmado, certificado y transmitido en línea, con un número de autorización único. El régimen define 20 tipos de DTE —de la factura y la factura de pequeño contribuyente a las notas de crédito y débito, el recibo por donación o la constancia de exención del IVA— y al emitir, el sistema despliega los documentos que corresponden a tu régimen tributario.

En el régimen hay cuatro actores definidos por la propia SAT: el emisor (tú), el certificador, el receptor (tu cliente) y la SAT como administradora. El certificador es, según el artículo 3 literal e del Acuerdo 13-2018, "la persona individual o jurídica que realiza la certificación y el almacenamiento de los DTE, transmitidos por los emisores". Recibe tu documento, lo valida, le asigna el número de autorización y lo transmite a la SAT, en segundos.

De ahí sale la primera cosa que conviene tener clara: la factura no la define el certificador. El formato del DTE, las reglas de validación y los tipos de documento los define la SAT, así que una factura certificada por una empresa y otra certificada por otra son el mismo XML con el mismo valor legal. Y también vale la pena separar el PDF del XML: el PDF es la representación gráfica que le mandas al cliente; el archivo que hace prueba es el XML.

Qué necesitas antes de empezar

Los requisitos que pide la SAT para habilitarte como emisor de DTE son cinco, y los revisas en diez minutos:

  • Acceso a tu Agencia Virtual.
  • Datos actualizados en el RTU.
  • Al menos un establecimiento activo en el RTU.
  • Estar afiliado al IVA —o al ICT si estás en régimen primario o pecuario, cuando corresponda—.
  • Tener localizado tu domicilio fiscal.

El certificado de firma electrónica que necesitas para emitir se te proporciona al habilitarte y, en palabras de la SAT, "no tiene costo". No hay que comprarlo a nadie ni ir a hacer cola por él.

Paso 1: habilítate como emisor ante la SAT

La habilitación es en línea, desde la Agencia Virtual (Servicios Tributarios > Factura Electrónica en Línea) o desde la App FEL, la aplicación móvil gratuita de la SAT. Si te habilitas usando estos aplicativos, la SAT queda registrada como tu certificador de forma automática: no tienes que acreditar a nadie ni contratar a nadie para empezar a facturar legalmente.

Ese detalle sorprende a mucha gente, así que vale repetirlo: emitir DTE por los sistemas de la SAT no cuesta nada. A la pregunta de si la emisión tiene algún costo, la SAT responde: "No, si el contribuyente utiliza el aplicativo web en la Agencia Virtual de SAT o la App FEL". Contratar un certificador privado es una opción, no un requisito.

Paso 2: decide con qué vas a emitir

Aquí es donde se decide casi todo, y el orden importa: primero eliges el sistema con el que vas a emitir, y el certificador viene detrás. Elegir "el mejor certificador" antes de saber desde dónde vas a facturar es empezar por el lado equivocado. Tienes tres caminos.

El aplicativo gratuito de la SAT

Llenas cada DTE en un formulario web o en la App FEL. Hace notas de crédito y débito, anulaciones, carga masiva por Excel, emisión desde varios establecimientos, impresión en tamaño carta o en formato ticket con tu logotipo, y facturación por voz para pequeños contribuyentes. Su límite no es un número de facturas: es que las descripciones de productos o servicios se ingresan de forma manual, así que cada línea de cada factura se escribe otra vez. La SAT lo describe como funcional "para profesionales, servicios técnicos, pequeños contribuyentes, o para cualquier empresa que su volumen de facturas emitidas se lo permita".

Qué hace y qué no hace el aplicativo gratuito de la SAT, en detalle

Un sistema con FEL integrado

Un punto de venta, una tienda en línea o una agenda que ya conoce tus productos, tus precios y tus clientes, y que emite el DTE como consecuencia del cobro. El certificador viene incluido en el servicio, así que no lo contratas por separado. Es el camino cuando la factura tiene que salir del mismo lugar donde cobras y donde se descuenta el inventario.

Tu propio sistema contra la API de un certificador

Si ya tienes un ERP o un desarrollo a la medida, integras contra los servicios web de un certificador acreditado. Lo que decide aquí no es el precio por documento: es la calidad de la documentación técnica, que el ambiente de pruebas funcione de verdad, el tiempo de respuesta del servicio y a quién le llamas un viernes a las seis de la tarde cuando la caja no factura. Pide una prueba de integración con tu propio desarrollador antes de firmar.

Los 18 certificadores autorizados y cómo compararlos

Paso 3: si vas con certificador privado, acredítalo

Este paso solo aplica si vas a emitir con un certificador privado. Se hace en la Agencia Virtual, en Servicios Tributarios > Factura Electrónica en Línea > Acreditación de Certificadores, eligiendo de la lista oficial de autorizados. Después generas la firma electrónica para emisión por terceros, con la opción "Otros certificadores de DTE (terceros)"; esa firma se instala en el sistema con el que vas a emitir.

La parte tranquilizadora: puedes tener más de un certificador al mismo tiempo. El artículo 14 del Acuerdo de Directorio 13-2018 dice que "el emisor puede operar con más de un certificador simultáneamente", y el artículo 13 "A" habla de acreditar "el o los certificadores de documentos tributarios electrónicos que estime conveniente". Por eso un cambio de proveedor no tiene por qué ser arriesgado: acreditas al nuevo, pruebas en paralelo y solo cuando estés conforme cambias al anterior a estado "No acreditado".

Paso 4: emite tu primera factura

Si estás integrando contra un certificador, prueba primero en su ambiente de pruebas: confirma que el XML se genere con tus datos, que la representación gráfica lleve tu logotipo y que el documento se certifique. Si vas a emitir desde el aplicativo de la SAT o desde un sistema con FEL incluido, no hay ambiente que preparar.

La primera factura real conviene que sea por un monto pequeño y a alguien de confianza. Luego verifícala en el Verificador Integrado de la SAT y consúltala en tu Agencia Virtual, en Consultar DTE. Si aparece ahí, el circuito completo funciona: emisión, certificación, transmisión y consulta.

Cuánto cuesta FEL de verdad

Habilitarte no cuesta nada. El certificado de firma electrónica no cuesta nada. Emitir por la Agencia Virtual o la App FEL no cuesta nada. Lo único que se paga es el software con el que emites y, si contratas uno privado, el certificador.

Y aquí va la parte incómoda: ningún certificador autorizado publica una lista de precios. Todos cotizan según tu volumen y otras variables, y la SAT no regula esas tarifas, así que el mismo proveedor le cobra distinto a una tienda de barrio que a una cadena de farmacias. Los rangos por documento que circulan en blogs y comparativas no tienen fuente primaria localizable: cuando los rastreas terminan en una nota de prensa de 2019 donde un auditor —que no era certificador— estimaba lo que costaba la factura electrónica. Repetir esa cifra en 2026 sería inventarse un dato, y con un dato inventado no se presupuesta. Por eso este artículo no publica ninguna, y por eso desconfía de las que veas por ahí.

Lo que sí puedes hacer es pedir cotización a tres proveedores con tu volumen mensual real sobre la mesa y comparar el costo total del año, no el precio por documento. Pregunta lo mismo a todos:

  • ¿Hay cuota mínima mensual aunque no facture?
  • ¿La implementación o la integración por API se cobra aparte, y cuánto?
  • ¿Los documentos no usados de un mes se acumulan o se pierden?
  • ¿El contrato tiene plazo forzoso y penalidad por salida?
  • ¿El soporte contesta sábados?

Errores comunes al empezar con FEL

  • No tener el establecimiento activo en el RTU. Al emitir solo aparecen los establecimientos activos, así que si abriste un local nuevo y no lo registraste, no vas a poder facturar desde ahí.
  • Elegir certificador antes de elegir sistema. El certificador casi nunca es la compra; el software con el que emites, sí.
  • Confundir el régimen tributario. Si eres pequeño contribuyente, tu documento es la factura de pequeño contribuyente, no la factura con IVA: el sistema despliega los tipos de DTE que corresponden a tu régimen y hay que respetarlos.
  • Corregir "borrando". Un DTE mal emitido se anula —considerando el plazo de presentación de la declaración mensual del IVA— o se corrige con nota de crédito o de débito. Borrarlo del sistema no existe.
  • Desacreditar al certificador anterior antes de que el nuevo esté emitiendo. Puedes tener los dos a la vez; no hay ninguna razón para quedarte sin facturar un lunes.
  • No descargar tus XML antes de irte de un proveedor. El PDF no basta.

Qué pasa con tus facturas después

Tus DTE certificados quedan en poder de la SAT y se consultan y descargan desde la Agencia Virtual (Servicios Tributarios > Factura Electrónica en Línea > Consultar DTE), desde la App FEL y desde el Verificador Integrado, sin importar quién los certificó. Tampoco caducan: la SAT responde que no, "debido a que su autorización es única para cada documento en el momento de la emisión y certificación".

El respaldo de los XML, en cambio, es obligación tuya. El artículo 21 del Acuerdo 13-2018 pone sobre el emisor conservar los archivos XML de los DTE certificados mientras no transcurra el plazo de prescripción del Código Tributario, que es de cuatro años. El artículo 22 dice que el certificador los conserva hasta la renovación de su autorización. Traducido: si algún día cambias de proveedor, descarga tus XML de su portal antes de desacreditarlo.

Dónde encaja Cuadra

Cuadra es un punto de venta con FEL integrado para Guatemala: la venta descuenta inventario, cada empleado entra con su propio usuario, el inventario y los reportes son por sucursal, y el DTE se certifica al momento de cobrar. Emite con Ainnova incluido, sin que contrates al certificador por separado, y también conecta con Digifact y con INFILE para los negocios que ya traen su propia afiliación y quieren conservarla.

El plan Pro cuesta Q249.00 al mes e incluye 250 DTE al mes, y después Q0.75 por documento. Premium cuesta Q500.00 al mes, incluye 500 DTE y después Q0.50 por documento. Puedes probarlo 14 días sin cobro: no se te cobra nada hasta el día 15. Dicho esto, si emites unas pocas facturas al día y no llevas inventario, el aplicativo gratuito de la SAT te resuelve sin pagar nada, y preferimos decírtelo aquí.

Preguntas frecuentes

  • ¿Estoy obligado a contratar un certificador privado? No. Puedes emitir gratis desde la Agencia Virtual o la App FEL, donde la propia SAT es tu certificador, o contratar uno de los certificadores autorizados. Los documentos tienen el mismo valor legal por ambos caminos.
  • ¿Cuánto cuesta habilitarme como emisor FEL? Nada. La habilitación es en línea y el certificado de firma electrónica que se te proporciona no tiene costo.
  • ¿Cuánto cobra un certificador por DTE? No hay una cifra pública: ninguno de los autorizados publica lista de precios, todos cotizan según tu volumen y la SAT no regula esas tarifas. Pide cotización a tres con tu volumen real y compara el costo total del año.
  • ¿Puedo tener dos certificadores al mismo tiempo? Sí. El artículo 14 del Acuerdo de Directorio 13-2018 lo permite expresamente, y es la forma recomendable de cambiarte: acreditas al nuevo y pruebas antes de dar de baja al anterior.
  • ¿Qué hago si emití una factura equivocada? La anulas, considerando el plazo de presentación de la declaración mensual del IVA, o la corriges con una nota de crédito o de débito. Si te equivocaste al anular, puedes pedir la reversión de la anulación.
  • ¿Necesito guardar mis facturas si la SAT ya las tiene? Sí. La SAT las conserva y las puedes consultar, pero el artículo 21 del Acuerdo 13-2018 te obliga a conservar los XML mientras no transcurra el plazo de prescripción de cuatro años. Guarda el XML, no solo el PDF.
  • ¿Puedo facturar desde mi punto de venta o mi tienda en línea? Sí, con un sistema que emita DTE por medio de un certificador acreditado. Las vías documentadas del aplicativo gratuito de la SAT son el formulario web, la App FEL y la carga masiva por Excel.

Equipo editorial

Equipo Cuadra

Compartimos lo que aprendemos construyendo Cuadra para los negocios de Centroamérica.

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